Cuba autoriza casas privadas de cuidado para ancianos

El Consejo de Ministros autorizó al sector no estatal a prestar servicios de cuidado para personas adultas mayores y personas en situación de discapacidad, una decisión que confirma la presión sobre una red estatal incapaz de sostener sola esa carga. La medida, publicada en la Gaceta Oficial, habilita residencias de cuidados diurnos, permanentes o mixtas como complemento de las casas de abuelos, hogares de ancianos y centros afines.

El acuerdo reconoce el golpe del envejecimiento acelerado de la población cubana y responde a la necesidad de ampliar los servicios de cuidados. En la práctica, el régimen abre un espacio al trabajo privado, pero lo hace bajo un esquema de vigilancia, tarifas fijadas desde arriba y permisos condicionados por la burocracia sanitaria y municipal.

La autorización deja intacto el control político y administrativo sobre una actividad sensible. Quienes entren en este negocio deberán obtener aprobación según la legislación vigente, presentar el aval del Director General de Salud municipal y cumplir los requisitos dictados por el Ministerio de Salud Pública. También tendrán que reservar al menos el 10% de sus capacidades para personas vulnerables de interés social, con precios equiparados a los de instituciones estatales certificadas.

Ese punto revela la verdadera lógica del acuerdo: el Estado descarga parte del problema sobre actores no estatales, pero conserva la regulación de acceso, cobro y supervisión. Si el beneficiario no puede pagar, la Asistencia Social puede asumir total o parcialmente el costo, lo que traslada una vez más el peso financiero al presupuesto público sin resolver la raíz del deterioro.

La norma fija además tres modalidades de servicio: residencias de cuidados diurnos, residencias de cuidados permanentes y una variante mixta. Al mismo tiempo, asigna al MINSAP el deber de establecer requisitos, garantizar atención médica y estomatológica, y organizar la capacitación y acreditación de cuidadores. Finanzas y Precios deberá aprobar tarifas y evaluar beneficios fiscales u otros incentivos económicos para empujar esta actividad.

Gobernadores e intendentes también quedan metidos en la operación. Tendrán que promover los servicios, identificar cuentapropistas con experiencias similares, señalar inmuebles aptos y facilitar bienes e insumos necesarios. El acuerdo incluso prevé la exención del pago del arrendamiento de locales estatales durante dos años, prorrogables hasta tres, antes de decidir si se cobra o si se entrega el inmueble en usufructo.

La disposición entra en vigor 30 días después de su publicación y deja al descubierto una realidad que la propaganda oficial intenta maquillar: el cuidado de ancianos y personas con discapacidad se ha vuelto otra responsabilidad que el régimen ya no puede sostener con su propia red. La apertura a privados llega tarde, encorsetada y vigilada, pero confirma el deterioro de un modelo que empuja a las familias a buscar soluciones fuera del aparato estatal.

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