El Gobierno de Panamá extendió hasta julio de 2026 la vigencia del decreto que obliga a los ciudadanos cubanos a obtener una visa de tránsito para viajar o hacer escala en ese país. La medida quedó oficializada en el Decreto Ejecutivo N.° 22 del 25 de agosto, publicado en la Gaceta Oficial panameña.
La normativa, establecida desde 2022, exige que pasajeros y tripulantes cubanos en tránsito gestionen una visa en el consulado de Panamá en La Habana. El documento permite permanecer en la zona de tránsito internacional por un máximo de 24 horas.
El trámite debe realizarse al menos 30 días antes del viaje, de manera personal o mediante un apoderado en el Servicio Nacional de Migración panameño. Se requiere llenar un formulario de solicitud, presentar dos fotografías, copia del pasaporte con vigencia mínima de seis meses, carnet de identidad, itinerario de viaje y pagar una tarifa de 50 dólares.
La disposición contempla excepciones. No necesitarán la visa quienes viajen con contratos de trabajo validados por el país de destino; los que posean visa o residencia vigente en Panamá; quienes tengan visa múltiple de Estados Unidos, Canadá, Australia, Japón o la Unión Europea ya utilizada en esos territorios; así como residentes permanentes en terceros países que regresen a su lugar de residencia o viajen con visa vigente hacia su destino final.
En paralelo, Panamá ha endurecido sus políticas migratorias. En 2023 redujo de 90 a 15 días la estancia máxima para turistas y elevó de 500 a 1.000 dólares el requisito de solvencia económica en los puntos de entrada, con el objetivo de contener el flujo de migrantes hacia la nación istmeña.

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