
En los últimos días, un audio ha circulado con rapidez por aplicaciones de mensajería en Cuba. En él, una voz femenina alerta: “mira a ver lo que escribes, no se puede hablar nada fuera de lo normal”. Según esta fuente anónima, el Estado comenzará a grabar “a todo el mundo y los mensajes”, incluyendo conversaciones privadas en WhatsApp. La mujer sugiere advertir a las amistades, especialmente a quienes tengan “un negocio fuerte”.
El Tribunal Supremo Popular reaccionó públicamente. Negó la existencia de nuevas normas que permitan el monitoreo masivo de llamadas y mensajes. Calificó la información del audio como un “rumor sin fundamento” e intentó apaciguar la creciente preocupación entre los ciudadanos.
Sin embargo, más allá del audio, lo cierto es que la vigilancia estatal ya está legalmente amparada en Cuba desde 2019. Ese año se publicó el Decreto-Ley 389, una norma que permite la intervención de comunicaciones, el acceso a dispositivos electrónicos, el uso de agentes encubiertos y otras técnicas invasivas de investigación, sin necesidad de autorización judicial.
El decreto, firmado por el Consejo de Estado y publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 27, fue presentado como una herramienta contra delitos graves como el lavado de activos, la corrupción o el terrorismo. Pero su verdadera dimensión trasciende el ámbito penal y entra de lleno en el terreno del control político y social.
A partir de este marco legal, las fuerzas del Ministerio del Interior pueden aplicar medidas de vigilancia a solicitud del instructor penal y con aprobación del fiscal, sin que intervenga ningún juez. Esto deja fuera al Poder Judicial del proceso y abre la puerta a abusos sistemáticos contra opositores, periodistas, emprendedores o cualquier ciudadano que exprese disenso.
“El objetivo es legalizar lo que ya hacían en la sombra”, explica Sergio Comas, abogado cubano radicado en Miami. “Ahora tienen un marco legal para actuar sin rendir cuentas a nadie. El ciudadano queda indefenso”.
El decreto también introduce figuras como la del “colaborador eficaz” o “agente encubierto”, que puede operar sin responsabilidad penal si coopera con la Seguridad del Estado. Se habilitan técnicas como el rastreo GPS, la videovigilancia, las grabaciones clandestinas, el monitoreo de remesas y el acceso a bases de datos personales.
Mientras tanto, altos funcionarios del régimen reafirman públicamente la idea de que están por encima de la ley. En la televisión nacional, un coronel de la Seguridad del Estado aseguró recientemente que, cuando se trata de proteger la Revolución, actúan “siempre por encima de la ley”. Por su parte, Miguel Díaz-Canel ha descrito a la Seguridad del Estado como una institución “respetada y admirada en el mundo”, ignorando las constantes denuncias por represión, acoso y detenciones arbitrarias.
La controversia generada por el audio no es casual: la población cubana vive bajo un clima creciente de inseguridad informativa, con miedo al monitoreo y la criminalización del pensamiento independiente. La respuesta del Tribunal Supremo, al negar la existencia de “nuevas normas”, elude una verdad incómoda: no hacen falta normas nuevas cuando ya existen leyes que permiten la vigilancia sin control judicial.
El problema no es que están grabando llamadas hoy o si lo harán mañana. El problema es que ya tienen todo el andamiaje legal para hacerlo cuando quieran y contra quien quieran, sin que nadie los vigile a ellos.
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