Nuevo proyecto de ley otorga viviendas abandonadas al régimen

El régimen cubano presentó ante la Asamblea Nacional del Poder Popular un proyecto de nueva Ley de la Vivienda que permitiría al Estado asumir el control de inmuebles declarados abandonados o en estado de ruina para asignarlos posteriormente a otros ciudadanos. La propuesta forma parte de una reforma integral que sustituiría la legislación vigente desde 1988.

El artículo 141 del proyecto establece que, cuando una vivienda se deteriore por abandono y su propietario no adopte medidas para recuperarla, la Dirección Municipal de la Vivienda podrá solicitar ante los tribunales la pérdida del derecho de propiedad y transferir el inmueble al Consejo de la Administración Municipal para su redistribución.

La iniciativa también amplía las facultades de las autoridades locales sobre el parque habitacional. El artículo 18 ordena mantener un registro actualizado de las edificaciones en ruinas e incorporarlas a los planes estatales de inversión, mientras que otras disposiciones facultan a las autoridades para ordenar el desalojo de inmuebles declarados inhabitables y disponer su reubicación cuando corresponda.

La propuesta surge en un contexto marcado por el éxodo masivo de cubanos en los últimos años. Miles de viviendas permanecen cerradas o sin mantenimiento debido a la emigración, un fenómeno que el nuevo marco legal incorpora como parte de la gestión estatal del patrimonio inmobiliario.

Otro de los artículos obliga a los propietarios a conservar las viviendas deshabitadas para evitar su deterioro. Paralelamente, el proyecto establece que las viviendas construidas o recuperadas por el Estado serán asignadas por los consejos de la administración municipal siguiendo prioridades definidas por el Consejo de Ministros.

La reforma incluye además la creación de juntas de administración en edificios multifamiliares con capacidad para fijar cuotas obligatorias de mantenimiento, mantiene el límite de dos viviendas por persona natural más una de descanso e impone restricciones durante quince años a quienes reciban inmuebles subsidiados por el Estado.

El texto también incorpora cambios relacionados con la inversión extranjera y las herencias. Entre ellos figura la posibilidad de que determinados inversionistas extranjeros adquieran apartamentos mediante inmobiliarias estatales y la eliminación de la prohibición que impedía heredar bienes por haber sido declarado emigrado.

La propuesta será sometida a votación en la Asamblea Nacional y, de ser aprobada, entrará en vigor noventa días después de su publicación oficial, mientras el Consejo de Ministros dispondrá de sesenta días adicionales para aprobar su reglamento.

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