Fiscal del caso Barrenechea incluído en lista de represores

La Fundación para los Derechos Humanos en Cuba (FDHC), con sede en Miami, incluyó esta semana al fiscal Ayrebi Miranda Pérez en su base de datos de represores del régimen castrista. El motivo: su papel en la petición de condenas de hasta nueve años de prisión contra seis ciudadanos del municipio Encrucijada, Villa Clara, que participaron en una protesta pacífica durante un apagón en noviembre de 2024.

Según el expediente de fase preparatoria No. 944/2024, Miranda Pérez —adscrito al Departamento de Procesos Penales de la Fiscalía Provincial de Villa Clara— acusó a los manifestantes del presunto delito de desórdenes públicos, pese a que el propio documento reconoce que no hubo violencia, daños materiales ni interrupción del tráfico.

La manifestación, ocurrida el 7 de noviembre, consistió en una caminata hacia la sede del Gobierno municipal con calderos y cubos en mano, al grito de “¡Queremos corriente!”. Se trató, según testigos y el mismo expediente, de una reacción espontánea ante la prolongada falta de electricidad.

Entre los acusados se encuentra el escritor y periodista independiente José Gabriel Barrenechea Chávez, para quien el fiscal pidió seis años de prisión.

También fueron sancionados con peticiones de cárcel:

Yandry Torres Quintana y Rafael Javier Camacho Herrera: 9 años

Rodel Bárbaro Rodríguez Espinosa y Marcos Daniel Díaz Rodríguez: 5 años

Yuniesky Lorences Domínguez: 4 años

Ninguno de los acusados tenía antecedentes penales. Algunos eran trabajadores reconocidos o vecinos activos en labores comunitarias. A pesar de ello, Miranda Pérez agravó los cargos basándose en publicaciones en redes sociales —en especial las de Barrenechea— y en el supuesto “impacto mediático” que tuvo la protesta.

La FDHC sostiene que el fiscal incurrió en prevaricación al manipular el sistema judicial para castigar la expresión del descontento ciudadano. Denuncia que su actuación forma parte de una política de criminalización sistemática del disenso, y la cataloga como crimen de lesa humanidad por constituir persecución política y encarcelamiento arbitrario.

En su ficha, la organización subraya que Miranda Pérez violó principios esenciales recogidos en los artículos 7 al 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, relativos al derecho a juicio justo, presunción de inocencia y proporcionalidad de las penas.

La documentación de casos individuales como este es parte del esfuerzo de la FDHC por establecer mecanismos futuros de rendición de cuentas y justicia para las víctimas de la represión política en Cuba.

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